viernes, 15 de octubre de 2010

PRACTICA DE LAS PRUEBAS PENALES





Las pruebas que irremediablemente habrán de practicarse dentro de un juicio oral y en presencia del juez, tienen por finalidad llevarle a su conocimiento más allá de toda duda razonable los hechos y circunstancias materia del juicio y los de la responsabilidad del acusado como autor o partícipe.
Por lo anterior, se hace necesario tener en cuenta conceptos como conducencia de la prueba, es decir que la práctica de la prueba solicitada es permitida por la ley como elemento demostrativo.
De pertinencia. La prueba es apta y apropiada para demostrar un tópico de interés dentro del proceso.
Finalmente que sea útil, en otras palabras que no sea superflua e intrascendente.

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